PROPUESTA

IMPLEMENTACION CONSEJO MUNICIPAL DE JUVENTUD

SANTANDER

 

 

 

DESCRIPCION DEL PROBLEMA O NECESIDAD

 

Garantizar el principio constitucional de participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud, como también desarrollar los mandatos de ley y las políticas dirigidas a los jóvenes dispuestas en los planes de desarrollo del municipio, exigen esfuerzos concertados del Estado (Municipio)  y la sociedad civil para consolidar los distintos espacios de participación consagrados en estos instrumentos.

 

Sin embargo los  indicadores sociales de la juventud hacen que sea necesario tomar medidas concretas y urgentes para lograr su verdadera inserción en la vida social de Santander. Las Administraciones Municipales por intermedio de las Secretarias de Desarrollo Social o la que este en servicio de la población juvenil deben, en consecuencia, coordinar los esfuerzos de las diferentes entidades del sector  joven con el objeto de que presten atención al tema juvenil y adicionalmente  prestar asistencia y asesoría técnica sobre la manera de incorporar temas juveniles dentro de los planes de desarrollo de los entes territoriales. 

 

Para la juventud actual han aumentado los retos que implican la construcción de la paz, la convivencia y la democracia, como imperativos para preservar los ideales y proyectos de futuro que inician a desarrollar. Por consiguiente, es preciso promover procesos pedagógicos y democráticos que favorezcan la construcción democrática de un Proyecto  de “Participación Juvenil Real” pertinente con las necesidades y potencialidades de la comunidad juvenil, que establezca relaciones vitales y significativas con los jóvenes y la comunidad en general.

 

Los jóvenes  de hoy no encuentran formas de participar, por ello es necesario potencializar los espacios hoy existentes y abrir otros nuevos, en donde sea el joven quién se convierta en protagonista. Adicionalmente, la juventud está identificada hoy en día en nuestra sociedad en virtud de los problemas que padece y no por las potencialidades que encarna, esto es, juventud = problema. Esto significa un obstáculo adicional a la hora de buscar la participación de los jóvenes y su inclusión en la sociedad, dado que ser joven se convierte en una discapacidad a la hora de opinar, conseguir empleo, integrarse, etc. 

 

 

 

 

 

La juventud, atraviesa por una situación en donde la falta de oportunidades, sumado al grave problema de violencia, acentúan su exclusión social y no permiten que se conviertan en actores estratégicos del desarrollo, limitando no solamente el propio desempeño del joven en el presente y en el futuro, sino que compromete la suerte del municipio que no cuenta con una población joven con la capacidad de asumir la responsabilidad que de ellos demandan las necesidades del municipio.

 

La juventud debe ser considerada de manera integral, y por ello, el tema de su inclusión debe contar con la misma perspectiva. Esto hace que el problema de exclusión deba ser tratado desde varios enfoques, ya sea desde el punto de vista laboral y de oportunidades o bien desde la participación social o política, por ejemplo. En consecuencia, los mecanismos que se implementen para solucionar el problema no pueden simplemente considerar una de las variables sino las más importantes si no es posible contribuir para superar todas ellas.

 

De acuerdo con lo mencionado anteriormente, es necesario tener en cuenta que para poder cumplir con metas y resultados es necesario contar con todos los estamentos de la sociedad, es decir, con entidades públicas y empresa privada, iglesia, organizaciones juveniles y por supuesto con los jóvenes.

 

La Ley 375 de 1997 brindó una importante herramienta a la juventud; con su sola existencia, logró hacer visible al menos en el ámbito jurídico una población hasta entonces existente pero invisible para los ojos de los tomadores de decisiones. Es el momento de hacer que el potencial de la juventud pueda canalizarse de manera ordenada y constructiva hacia la consecución de objetivos comunes, que permitan a la juventud integrarse de manera decidida a la sociedad, quién a su vez, reconozca la potencialidad y la necesidad de contar la juventud a la hora de emprender nuevas tareas.

 

 

 

OBJETIVO GENERAL

 

La presente propuesta tiene como propósito ofrecer un marco de referencia sobre el principal mecanismo de participación juvenil, democrática y ciudadana. Para ello se detiene en los diferentes espacios de ejercicio participativo teniendo en cuenta la Constitución Nacional en su artículo No.45, La Ley 375 del 04 de Julio 1997, Decreto 089 de 2000, decreto 1860 de 1994 y demás leyes y normas. La propuesta se desarrolla mediante la presentación explicativa y reflexiva de los contenidos esenciales por aprender, los cuales accederán la comunidad Juvenil en general durante el proceso de aprendizaje y convocatoria a conformar el Consejo Municipal de Juventud de este municipio.

 

 

 

OBETIVOS ESPECIFICOS

 

 

  1. Sensibilizar el proceso de implementación del Consejo Municipal de Juventud de este municipio, en cumplimiento del decreto 089 de Febrero 02 de 2000, que será un organismos colegiado de carácter social, autónomo en el ejercicio de sus competencias y funciones, conforme a lo dispuesto en la Ley 375 de 1997 y de acuerdo con los criterios, reglas y orientaciones del presente decreto.

 

  1. Establecer y consolidar redes para la organización y participación juvenil, constituidas por grupos y organizaciones juveniles, mediante, el diseño y desarrollo de modelos de redes, eventos de formación en procesos de participación, investigación, seguimiento y evaluación.

 

3.      Promover la resolución pacífica de los conflictos y los procesos de paz, mediante la capacitación, el fortalecimiento organizativo de los jóvenes, el respaldo y asesoría a grupos juveniles para lograr que en el Municipio se desarrollen procesos tendientes a lograr mayores niveles de convivencia ciudadana.

 

  1. Explicar los conceptos básicos sobre los mecanismos de la participación juvenil basados en la Ley 375 de 1997.

 

  1. Adelantar acciones de coordinación para la Implementación y funcionamiento del Sistema municipal de Información y Prospectiva sobre la Infancia y la Juventud, de igual manera desarrollar investigaciones especificas en juventud que permiten alimentar el sistema.

IDENTIFICACION DEL GRUPO OBJETO

 

 

PRINCIPALES  CARACTERISTICAS DEL GRUPO OBJETIVO

 

 

El grupo objetivo del proyecto está constituido por un lado, por personas que tienen funciones directas con el desarrollo de las políticas dirigidas a los jóvenes, vinculados a la administración Municipal, constituyéndose en funcionarios líderes para generar programas y proyectos. Resulta de primera importancia la interlocución permanente con este grupo objetivo dado que de ellos depende que se pueda tener un verdadero alcance en la implementación del proyecto.

 
MANUEL ALEJANDRO MASMELA
PRESIDENTE ADJ SANTANDER
ASESOR PROGRAMAS POLITICAS DE JUVENTUD

De otro lado, está el grupo objetivo constituido por hombres y mujeres dentro del  rango de edad comprendido entre los 14 años  y los 26 cumplidos,  que forman parte de los intervinientes en las redes de participación, funcionarios de organizaciones juveniles, Jóvenes escolarizados y desescolarizados de zonas marginadas del municipio,  instituciones educativas y representantes de la juventud cuyo accionar se relacione con la implementación del proyecto.

 

El fortalecimiento de las organizaciones juveniles constituye base para la participación activa de los jóvenes en planes de desarrollo social y económico e instrumento para la concertación de los jóvenes con el Estado y las instituciones que trabajan en pro de la juventud. La conformación de las organizaciones en redes, permite al joven disponer de un medio idóneo para garantizar la representación ordenada por la Constitución Política.

 

Así mismo, la empresa privada se convierte en un aliado importante de la gestión de este proyecto pues de ellos dependen muchísimos factores que tienen que ver con la inclusión de los jóvenes, especialmente en relación con el desarrollo productivo.

 

 

POLITICA NACIONAL Y/O SECTORIAL QUE RESPALDAN EL PROYECTO

 

Dentro de los derechos sociales, económicos y culturales consagrados en la Constitución Política de Colombia, está el relativo a los jóvenes, expresado en los siguientes términos: “El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud” (Artículo 45)

 

En este marco constitucional, el Plan de Desarrollo y la Ley 375 de 1997, establecen como acción fundamental del Estado, liderar procesos para la vinculación y participación activa de los jóvenes en la vida nacional, en lo social, lo económico y lo político.

 

La Ley de Juventud reconoce que la “participación es condición esencial para que los jóvenes sean actores de su proceso de desarrollo, para que ejerzan la convivencia, el diálogo y la solidaridad y para que, como cuerpo social y como interlocutores del Estado, puedan proyectar su capacidad renovadora en la cultura y en el desarrollo del país”. Esta misma norma, en su artículo 17, fue imperativa al establecer que: “El Estado y la sociedad, coordinadamente, tienen la obligación de promover y garantizar los mecanismos democráticos de representación de la juventud en las diferentes instancias de participación, ejercicio, control y vigilancia de la gestión pública, teniendo en cuenta una adecuada representación de las minorías étnicas y de la juventud rural en las instancias consultivas y decisorias que tengan que ver con el desarrollo y progreso de la juventud, así como la promoción de la misma juventud”.

 

Por otra parte, el Decreto 2170 de 2000, y la Directiva Presidencial No. 12 hace énfasis en la participación ciudadana en las veedurías para garantizar la transparencia de la contratación estatal, en donde los jóvenes tienen un papel protagónico y la Ordenanza 049 de la Asamblea Departamental de Santander donde se hace énfasis en la implementación de los Consejos Municipales de Juventud en los 87 municipios del departamento.

 

 

 

POLITICAS PUBLICAS DE JUVENTUD
EXPERIENCIAS MUNICIPALES CMJ
SANTANDER JOVEN
LINEAS ESTRATEGICAS PARA LA FORMULACION DE LA POLITICA PUBLICA DE JUVENTUD DE SANTANDER
 
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